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2 de abril de 2013


Marcos Martinez recurre fallo Cámara Penal.

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El comunicador y abogado Marcos Martínez recurrió en casación el fallo de la  Cámara Penal de la Corte de Apelación de Santiago que rechazó el recurso de objeción que interpuso contra la querella que contra él hizo la vicepresidenta Margarita Cedeño de Fernández.

Será la Suprema Corte de Justicia la que decidirá ahora si rechaza o no la querella que interpuso el año pasado la entonces primera dama de la República, hoy vicepresidenta Margarita Cedeño de Fernández, contra el comunicador Martínez, a quien acusa de falsificación de documentos para acusarla de supuestamente tener cuentas millonarias en bancos de Dinamarca.
Según Martínez, la Corte de Apelación de Santiago rechazó su  recurso de objeción de fecha 6 de marzo de 2012, en contra de la querella interpuesta en su contra  por alegada violación de los artículos 147, 148 y 151 del Código Penal Dominicano, relativos a la falsedad documental y uso de los mismos.
En su recurso de casación, Martínez aduce  que la resolución de la Corte de Apelación de Santiago no observó que él se encuentra en desventaja procesal y legal, ya que se le está juzgando por unos alegados tipos penales de naturaleza criminal y no públicos, no obstante a que en la misma querella se narran unos hechos de orden privado, propios de los delitos de  difamación e injuria, habida cuenta de que sus denuncias públicas fueron en un programa de televisión.
Precisa, además,  que la Corte en su decisión expone un análisis simplista carente de motivaciones serias y suficientes y brinda una decisión complaciente al poder político y no legal, tal vez por la condición de la querellante, quien es la actual vicepresidenta de la República.
Alegó en su recurso de casación el abogado y político de Santiago, que  la Corte de Apelación, además de que no fundamentó en razones legales la decisión, obvió el fundamento del recurso en desprecio de las puntuales funciones y el papel de un tribunal, todo lo cual hace que la resolución recurrida sea contraria al principio de legalidad y de presunción de inocencia.
Manifestó en su recurso, ante la Corte de Apelación, que lo que hizo fue hacer unas denuncias públicas en su  condición de comunicador y que fue en esta virtud que estaba ejercitando su derecho a la libertad de pensamiento y  expresión, en el marco de una contienda electoral, en relación con una figura pública como es una candidata vicepresidencial.
Dijo que, sin embargo dicha corte no advirtió esos detalles fundamentales de la denuncia que dio origen a la querella y que no obstante a eso rechazó el recurso de objeción que interpuso contra dicha  querella.
Sostuvo que la Corte de Apelación tampoco advirtió que la querellante es quien expone en su propia querella unos hechos propios de los delitos sobre difamación e injuria, lo que jamás puede entenderse como constitutivos, ni dar motivos a unos hechos de naturaleza criminales, ni dar razones para una alegada falsedad documental.

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